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Valores Éticos

FORMACIÓN INICIAL PARA POLICÍA PENITENCIARIO – PRP 2024

VALORES ÉTICOS

1. Ética y profesionalismo

La ética y el profesionalismo constituyen la base para el ejercicio íntegro de cualquier función, especialmente en el servicio público. Ambos conceptos garantizan la confianza de la sociedad, la transparencia en los actos y el cumplimiento de los fines del Estado.

1.1. Concepto de ética

La ética es la rama de la filosofía que estudia la conducta humana desde el punto de vista de los valores, deberes y principios que guían el comportamiento hacia el bien común.

Características principales:

  • Regula la conducta más allá de la legalidad.
  • Busca la coherencia entre valores y acciones.
  • Se centra en lo que debe hacerse, no solo en lo que puede hacerse.

En el ámbito público: la ética es fundamental porque los servidores actúan en representación del Estado y deben orientar sus decisiones al bienestar colectivo.

1.2. Concepto de profesionalismo

El profesionalismo es el conjunto de actitudes, comportamientos y competencias que distinguen a una persona en el ejercicio de su labor, mostrando responsabilidad, respeto, compromiso y calidad en su desempeño.

Dimensiones:

  • Competencia técnica: dominio de conocimientos y habilidades.
  • Responsabilidad social: compromiso con la sociedad a la que sirve.
  • Actitud ética: respeto a las normas y valores en cada actuación.

Un servidor público profesional no solo cumple con lo establecido por la ley, sino que actúa con integridad, eficacia y espíritu de servicio.

1.3. Código de ética del servidor público

El Código de Ética del Servidor Público es un instrumento normativo que establece principios, valores y reglas de integridad para orientar la actuación de quienes desempeñan funciones en la administración pública.

Principios básicos:

  • Legalidad.
  • Honradez.
  • Lealdad.
  • Imparcialidad.
  • Eficiencia.

Objetivos:

  • Prevenir actos de corrupción.
  • Fortalecer la confianza ciudadana.
  • Garantizar que los recursos públicos se utilicen en beneficio de la sociedad.

1.4. Prácticas irregulares en el servicio público

Las prácticas irregulares son conductas que atentan contra la legalidad, la ética y el profesionalismo, y que afectan la confianza en las instituciones.

Ejemplos de prácticas irregulares:

  • Corrupción y soborno.
  • Nepotismo.
  • Tráfico de influencias.
  • Abuso de poder.
  • Uso indebido de recursos públicos.
  • Discriminación y favoritismo.

Consecuencias:

  • Pérdida de credibilidad.
  • Daños económicos al erario.
  • Afectación a los derechos de los ciudadanos.

1.5. Prevención de la violencia de género

La violencia de género es una violación a los derechos humanos y un problema ético y social que requiere acciones preventivas desde el servicio público.

Tipos de violencia de género:

  • Física.
  • Psicológica.
  • Sexual.
  • Económica y patrimonial.
  • Simbólica.

Medidas de prevención:

  • Políticas públicas con enfoque de género.
  • Capacitación en perspectiva de género a servidores públicos.
  • Protocolos de atención y denuncia.
  • Promoción de la igualdad y el respeto en espacios laborales y sociales.

Un servidor público ético debe garantizar la no discriminación y actuar como promotor de la igualdad.

1.6. Principios rectores del sistema penitenciario de la Ley Nacional de Ejecución Penal

El desarrollo de los procedimientos dentro del Sistema Penitenciario debe regirse por los siguientes principios:

Dignidad. Toda persona es titular y sujeta de derechos y, por lo tanto, no debe ser objeto de violencia o arbitrariedades por parte del Estado o los particulares.

Igualdad. Las personas sujetas a esta Ley deben recibir el mismo trato y oportunidades para acceder a los derechos reconocidos por la Constitución, Tratados Internacionales y la legislación aplicable, en los términos y bajo las condiciones que éstas señalan. No debe admitirse discriminación motivada por origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y con el objeto de anular o menoscabar los derechos y las libertades de las personas. Las autoridades deben velar porque las personas sujetas a esta Ley, sean atendidas a fin de garantizar la igualdad sobre la base de la equidad en el ejercicio de sus derechos. En el caso de las personas con discapacidad o inimputabilidad deben preverse ajustes razonables al procedimiento cuando son requeridos, así como el diseño universal de las instalaciones para la adecuada accesibilidad.

Legalidad. El Órgano Jurisdiccional, el Juez de Ejecución y la Autoridad Penitenciaria, en el ámbito de sus atribuciones, deben fundar y motivar sus resoluciones y determinaciones en la Constitución, en los Tratados, en el Código y en esta Ley.

Debido Proceso. La ejecución de medidas penales y disciplinarias debe realizarse en virtud de resolución dictada por un Órgano Jurisdiccional, el Juez de Ejecución o la autoridad administrativa de conformidad con la legislación aplicable, mediante procedimientos que permitan a las personas sujetas a una medida penal ejercer debidamente sus derechos ante la instancia que corresponda, de conformidad con los principios internacionales en materia de derechos humanos.

Transparencia. En la ejecución de las sanciones penales, exceptuando el expediente personal de la persona sentenciada, debe garantizarse el acceso a la información, así como a las instalaciones penitenciarias, en los términos que al efecto establezcan las leyes aplicables.

Confidencialidad. El expediente personal de la persona privada de su libertad tendrá trato confidencial, de conformidad con la ley en la materia, y sólo podrán imponerse de su contenido las autoridades competentes, la persona privada de la libertad y su defensor o las personas directamente interesadas en la tramitación del caso salvo las excepciones establecidas en la Constitución y las leyes aplicables.

Publicidad. Todas las cuestiones que impliquen una sustitución, modificación o extinción de las penas y que por su naturaleza e importancia requieran celebración de debate o producción de prueba, se ventilarán en audiencia pública ante el Juez de Ejecución. La publicidad sólo podrá restringirse en los casos de excepción que determinen las leyes aplicables.

Proporcionalidad. Toda intervención que tenga como consecuencia una afectación o limitación de los derechos de las personas privadas de la libertad por parte de las autoridades competentes debe ser adecuada, estrictamente necesaria y proporcional al objeto que persigue la restricción.

Reinserción social. Restitución del pleno ejercicio de las libertades tras el cumplimiento de una sanción o medida ejecutada con respeto a los derechos humanos.

1.7. Sistema de manejo ambiental

El manejo ambiental dentro del servicio público, y en especial en los centros penitenciarios, tiene un papel clave en la sostenibilidad y en el respeto al entorno natural.

Objetivos:

  • Reducir el impacto ambiental de las instituciones.
  • Promover el uso responsable de recursos.
  • Cumplir con la normatividad ambiental.

Acciones del sistema de manejo ambiental:

  • Manejo adecuado de residuos sólidos y peligrosos.
  • Ahorro y uso eficiente del agua y la energía.
  • Programas de reciclaje.
  • Reforestación y áreas verdes.
  • Educación ambiental para internos y personal.

Un sistema penitenciario con responsabilidad ambiental refuerza la ética institucional y fomenta la cultura de respeto al entorno como parte de la reinserción social.

Bibliografía

Fundar Centro de Análisis e investigación. Retos y aportaciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida libre de Violencia. Recuperado de: fundar.org.mx/retos-y-aportaciones-de-la-ley-general-de-acceso-de-lasmujeres-a-una-vida-libre-de-violencia/

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