Saltar al contenido

Deontología y Ética en la Función Policial

FORMACIÓN INICIAL PARA POLICÍA DE PROXIMIDAD – PRP 2024

DEONTOLOGÍA Y ÉTICA EN LA FUNCIÓN POLICIAL

1. Ética y deontología

1.1. Ética y moral

La ética y la moral son conceptos relacionados, pero con diferencias clave: la ética es el estudio filosófico de la moral. Se encarga de analizar los principios, normas y valores que rigen la conducta humana, buscando determinar qué es correcto o incorrecto. La ética tiene un enfoque más racional y universal; la Moral, son las normas, valores y costumbres que una sociedad o un individuo considera correctas. La moral varía según la cultura, la religión o la educación de una persona.

Diferencias principales:

  • La ética es teórica y la moral es práctica: La ética estudia los fundamentos de la moral, mientras que la moral se basa en normas aplicadas en la vida cotidiana.
  • La moral es subjetiva y la ética busca ser objetiva: La moral depende del contexto cultural o personal, mientras que la ética intenta encontrar principios universales.
  • La ética puede cuestionar la moral: La ética analiza si ciertas normas morales son justas o injustas.

Ejemplo:

Moral: En una sociedad, es considerado incorrecto mentir.

Ética: Se analiza si mentir siempre es incorrecto o si en algunos casos (como para salvar una vida) puede estar justificado.

1.2. Fuentes de la ética

Las fuentes de la ética son los fundamentos o bases de donde provienen los principios éticos que guían la conducta humana. Se pueden clasificar en varias categorías:

Fuente Filosófica

Proviene del estudio filosófico de la moral y los valores humanos.

Filósofos como Sócrates, Aristóteles, Kant y Nietzsche han desarrollado teorías sobre la ética.

Fuente Religiosa

Muchas religiones establecen normas éticas basadas en principios divinos o sagrados.

Ejemplos: Los Diez Mandamientos en el cristianismo y judaísmo, el código del Dharma en el hinduismo, o la Sharía en el islam.

Fuente Cultural y Social

Las normas éticas varían según la cultura, la sociedad y la época histórica.

La educación, las costumbres y las leyes influyen en lo que se considera éticamente aceptable.

Fuente Jurídica

El derecho y las leyes de un país establecen normas de conducta obligatorias, muchas de ellas con base ética.

Ejemplo: Las leyes contra la discriminación o la corrupción tienen un fundamento ético.

Fuente Científica y Tecnológica

La evolución del conocimiento influye en los debates éticos, como la bioética o la inteligencia artificial.

Ejemplo: Discusiones sobre la clonación o el uso de datos personales en redes sociales.

Fuente Personal

La propia conciencia y la reflexión individual también son fuentes de ética.

Cada persona desarrolla su propio sentido del bien y el mal según su experiencia y valores.

1.3. Los valores y su jerarquía

Los valores son principios o ideales que guían la conducta humana y ayudan a distinguir entre lo que es correcto e incorrecto. No todos los valores tienen la misma importancia, por lo que se organizan en una jerarquía según su prioridad en la vida de una persona o sociedad.

Clasificación y Jerarquía de los Valores

  • Valores Inferiores (Materiales o Biológicos)

Relacionados con la supervivencia y el bienestar físico.

Ejemplo: Salud, placer, comodidad, seguridad.

  • Valores Económicos y Utilitarios

Tienen que ver con la utilidad, la producción y el desarrollo económico.

Ejemplo: Trabajo, eficiencia, productividad, éxito material.

  • Valores Estéticos

Relacionados con la belleza y la apreciación del arte.

Ejemplo: Armonía, creatividad, elegancia.

  • Valores Éticos y Morales

Orientan el comportamiento humano en función del bien y la justicia.

Ejemplo: Honestidad, responsabilidad, respeto, solidaridad.

  • Valores Intelectuales

Relacionados con el conocimiento y el desarrollo del pensamiento crítico.

Ejemplo: Sabiduría, verdad, curiosidad, racionalidad.

  • Valores Espirituales o Religiosos

Vinculados con la trascendencia y la búsqueda de sentido en la vida.

Ejemplo: Fe, amor, paz interior.

Orden Jerárquico de los Valores (según Max Scheler)

El filósofo Max Scheler propuso una jerarquía de valores basada en su grado de importancia:

  1. Valores Sensibles o Materiales (placer, bienestar).
  2. Valores Vitales (salud, fortaleza, energía).
  3. Valores Espirituales (intelectuales, estéticos, religiosos).
  4. Valores Morales (solidaridad, justicia, amor al prójimo).

Según Scheler, los valores morales son los más elevados, ya que orientan la vida humana hacia el bien común.

1.4. Principios ontológicos, axiológicos, sociológicos y jurídicos

Estos principios se utilizan en diversas disciplinas filosóficas, sociales y jurídicas para analizar la realidad desde distintas perspectivas. Veamos cada uno en detalle:

Principios Ontológicos (Del ser y la existencia)

Los principios ontológicos se relacionan con el estudio del ser y la naturaleza de la realidad. Se enfocan en responder preguntas sobre qué es la existencia y cuál es la esencia de las cosas.

Ejemplo: En ética, un principio ontológico puede ser la dignidad humana, entendida como algo inherente al ser humano, independientemente de su condición.

Principios clave:

  • El ser es anterior a la acción.
  • La realidad tiene un orden y estructura propia.
  • Todo ente tiene una esencia que lo define.

Principios Axiológicos (Del valor)

Los principios axiológicos se enfocan en el estudio de los valores, es decir, aquello que se considera bueno, valioso o deseable en la sociedad o en el individuo.

Ejemplo: La justicia, la libertad y la igualdad son principios axiológicos que guían la ética y el derecho.

Principios clave:

  • Los valores pueden ser objetivos o subjetivos.
  • Existen valores superiores (amor, justicia) y valores inferiores (placer, comodidad).
  • La jerarquía de valores orienta la toma de decisiones.

Principios Sociológicos (De la sociedad)

Los principios sociológicos se refieren a las normas y dinámicas que rigen la interacción social. Analizan cómo los individuos y grupos conforman y modifican la sociedad.

Ejemplo: El principio de solidaridad impulsa la cooperación entre los ciudadanos para lograr el bienestar común.

Principios clave:

  • La sociedad influye en la conducta individual.
  • Existen normas sociales que regulan el comportamiento.
  • La cultura y la estructura social determinan los valores y creencias.

Principios Jurídicos (Del derecho y la norma)

Los principios jurídicos son las bases fundamentales del derecho y garantizan la justicia en una sociedad. Sirven para interpretar y aplicar las normas legales de manera equitativa.

Ejemplo: El principio de legalidad establece que nadie puede ser castigado sin una ley previa que lo establezca.

Principios clave:

  • Justicia: Dar a cada quien lo que le corresponde.
  • Seguridad jurídica: Garantizar derechos y obligaciones claras.
  • Proporcionalidad: La sanción debe ser acorde a la falta cometida.
  • Igualdad ante la ley: Todos deben ser tratados sin discriminación.

Conclusión

Cada uno de estos principios aborda un aspecto diferente de la realidad:

Ontológicos: Se centran en la existencia y la esencia de las cosas.

Axiológicos: Se enfocan en los valores y su jerarquía.

Sociológicos: Analizan la estructura y dinámica de la sociedad.

Jurídicos: Regulan el derecho y la justicia en la convivencia humana.

1.5. Disciplinas auxiliares de la deontología

La deontología es la rama de la ética que estudia los deberes y principios morales que rigen una profesión o actividad específica. Para su desarrollo y aplicación, se apoya en diversas disciplinas auxiliares que enriquecen su análisis y fundamentación.

Ética (Base fundamental)

Es la disciplina filosófica que estudia los principios del bien y el mal en la conducta humana.

La deontología es una rama de la ética aplicada, ya que establece códigos y normas específicas para distintos ámbitos.

Ejemplo: La ética médica analiza principios generales como la beneficencia y la autonomía, mientras que la deontología médica traduce estos principios en normas concretas de conducta.

Filosofía del Derecho

Estudia los fundamentos y principios del derecho y su relación con la moral.

La deontología profesional muchas veces se traduce en normas legales, por lo que el derecho es un elemento clave en su aplicación.

Ejemplo: La deontología jurídica establece los deberes y responsabilidades de los abogados dentro del marco legal.

Sociología

Analiza el comportamiento humano en sociedad y cómo las normas deontológicas influyen en la convivencia.

Ayuda a comprender cómo los códigos de conducta impactan en distintas profesiones y sectores sociales.

Ejemplo: La sociología del trabajo estudia cómo los códigos de ética profesional afectan las relaciones laborales.

Psicología

Examina los procesos cognitivos y emocionales que influyen en la toma de decisiones morales.

Es útil para comprender dilemas éticos y cómo los individuos internalizan las normas deontológicas.

Ejemplo: En la deontología médica, la psicología ayuda a entender cómo los médicos manejan el estrés ético en situaciones difíciles.

Derecho y Legislación

Muchas normas deontológicas tienen implicaciones legales y se reflejan en códigos y regulaciones oficiales.

Los códigos deontológicos de diversas profesiones suelen estar respaldados por normativas legales.

Ejemplo: El código deontológico de los periodistas establece normas sobre veracidad y objetividad, y su incumplimiento puede acarrear sanciones legales.

Antropología

Analiza las diferencias culturales en la percepción del deber y la moral.

Ayuda a contextualizar normas deontológicas dentro de distintas sociedades y épocas.

Ejemplo: La deontología empresarial varía según los valores culturales de cada país.

Bioética

Se centra en los dilemas éticos en la medicina y la biotecnología.

Relacionada con la deontología médica y científica.

Ejemplo: La bioética ayuda a definir normas deontológicas sobre el uso de tecnologías como la clonación o la eutanasia.

Conclusión

La deontología se nutre de diversas disciplinas para establecer normas de conducta en distintos ámbitos profesionales. Su relación con la ética, el derecho, la psicología y la sociología permite abordar los dilemas morales de manera integral.

2. La seguridad pública y las instituciones policiales

2.1. Origen y concepto de policía

La palabra Policía viene de la palabra griega politeia, que significa gobierno de la ciudad. De ahí la tomaron también los romanos para designar un cuerpo creado para mantener el orden público.

La policía existió en diversas formas entre los griegos y los romanos y también en México, tanto en la época Prehispánica como en la época de la Colonia y de la Independencia. De acuerdo con el Mtro. Efrén Ramírez “las culturas azteca, maya y texcocana alcanzaron un alto grado de desarrollo en el tema de policía, seguridad y justicia en general”.

“En la cultura azteca, por ejemplo, el policía tenía un gran papel y era respetado. Al pie de un gran Teocalli, en solemne ceremonia, el nuevo policía o calpullec recibía una cinta de color, a manera de brazalete, que indicaba el grado y el barrio al que iba a ser asignado. El calpullec estaba encargado de mantener el orden. Había también los tianquizpan, que eran los guardianes de los mercados”.

Durante la Colonia las funciones de vigilancia de la ciudad estaban a cargo de los llamados alcaldes ordinarios. Una especie de policía de esta época era el sereno que encendía las farolas y vigilaba las calles de noche. Este personaje ha sido inmortalizado en la canción de las Mañanitas. Además de los vigilantes nocturnos había los alguaciles, funcionarios dependientes de los jueces para la práctica de diligencias, hacer comparecer a testigos y ejecutar aprehensiones.

En el México independiente, la policía adoptó diferentes formas y en algún momento algunas funciones de la policía estuvieron a cargo de grupos de vecinos encargados de mantener el orden. A partir del siglo XIX, de acuerdo con José Portugal Ayestas, Inspector peruano, se reconocen dos modelos policiales: el modelo latino (también conocido como modelo francés, continental o napoleónico), creado a partir de la gendarmería nacional francesa en 1791. Este modelo, de manera esquemática, se caracteriza por su estructura militar, centralizada y extendida por todo el territorio en forma de tela de araña y por su vocación de servicio al Estado.

El otro modelo es el anglosajón, creado a imagen de la policía metropolitana de Londres, e inspirado en los principios de Sir Robert Peel. En efecto, en Inglaterra la policía profesional, tal como la conocemos hoy, fue fundada en Londres por Sir Robert Peel en 1829. De acuerdo con Peel, la finalidad de la policía es prevenir (evitar) los delitos y el desorden. Peel enunció algunos principios para la policía que conservan su actualidad hasta la fecha. Cabe notar que se trata de una policía con vocación de servicio a los ciudadanos.

Los elementos distintivos de los que dotó Peel a la policía fueron un sombrero, un gorro, una insignia en forma de estrella y un tolete de madera. La policía profesional ha sido aceptada prácticamente por todos los países del mundo y su misión incluye los mismos elementos que definió Peel. Así, leemos por ejemplo en la Constitución de Paraguay que “La misión de la policía es preservar el orden público legalmente establecido, así como los derechos y la seguridad de las personas y entidades y de sus bienes, ocuparse de la prevención de los delitos, ejecutar los mandamientos de la autoridad competente y, bajo dirección judicial, investigar los delitos”.

En México, el artículo 21 de la Constitución establece que la “Seguridad Pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta Constitución señala”.

El artículo 100 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (LGSNSP), que reglamenta el artículo 21 constitucional, establece que “Las instituciones policiales exigirán de sus integrantes el más estricto cumplimiento del deber, a efecto de salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, prevenir la comisión de delitos, y preservar las libertades, el orden y la paz públicos”.

Observamos entonces que la misión de la policía incluye los siguientes elementos: Mantener el orden público, proteger la integridad física de las personas y sus bienes, prevenir la comisión de delitos y salvaguardas los derechos de las personas.

Doctrina policial

2.2. Funciones básicas de la policía

Las funciones básicas de la policía, independientemente del país o sistema legal, se centran en garantizar el orden, la seguridad y la convivencia pacífica en la sociedad. Estas funciones han evolucionado con el tiempo, pero generalmente se agrupan en las siguientes:

Prevención del delito

Patrullaje en calles, parques y espacios públicos.

Implementación de programas de prevención comunitaria.

Colaboración con instituciones educativas y sociales para reducir factores de riesgo.

Mantenimiento del orden público

Intervención en manifestaciones, eventos masivos o situaciones que puedan alterar la paz social.

Mediación de conflictos entre ciudadanos.

Aplicación de las normativas locales, como las ordenanzas municipales.

Investigación y persecución del delito

Recolección y análisis de pruebas.

Colaboración con la fiscalía y otras instituciones judiciales.

Desarticulación de redes criminales mediante operaciones especiales.

Protección de personas y bienes

Protección a víctimas, testigos y colectivos vulnerables.

Resguardo de instalaciones críticas (gobierno, hospitales, escuelas, etc.).

Vigilancia en situaciones de riesgo, como desastres naturales o emergencias.

Asistencia y auxilio a la ciudadanía

Atención en situaciones de emergencia (accidentes, catástrofes, violencia doméstica, etc.).

Orientación y apoyo a turistas y ciudadanos en general.

Trabajo coordinado con otros servicios de emergencia, como bomberos y servicios médicos.

Cumplimiento de leyes y reglamentos

Aplicación de leyes penales, administrativas y de tránsito.

Supervisión de actividades comerciales, espectáculos públicos y otras actividades reguladas.

Participación en operativos para hacer cumplir normativas específicas (controles de tráfico, operativos antidrogas, etc.).

Estas funciones se complementan con principios fundamentales como la legalidad, la imparcialidad, el respeto a los derechos humanos y la colaboración con la comunidad.

2.3. Desarrollo histórico de la función policial

El desarrollo histórico de la función policial ha sido un proceso largo y complejo, que ha evolucionado junto con las sociedades humanas. Desde las primeras formas de control social en comunidades primitivas hasta las modernas fuerzas policiales organizadas, la función policial ha pasado por diversas etapas. A continuación, te presento un resumen de su evolución:

Primeras sociedades y el control social informal

En las comunidades primitivas, el control social era ejercido de manera colectiva por los miembros del grupo.

Las normas eran impuestas por líderes tribales, ancianos o mediante mecanismos como la venganza familiar (Ley del Talión).

Antigüedad: surgimiento de estructuras organizadas

Egipto: Existían funcionarios encargados de mantener el orden y proteger propiedades.

Mesopotamia: Se aplicaba el Código de Hammurabi, con agentes que ejecutaban las leyes.

Grecia: Los Scythian Archers en Atenas eran esclavos públicos que mantenían el orden.

Roma: La Cohorte Urbana y los Vigiles fueron los primeros cuerpos organizados dedicados a la seguridad pública.

Edad Media: control feudal y poder eclesiástico

El mantenimiento del orden era responsabilidad de señores feudales.

En algunos reinos, surgieron instituciones como el Sheriff en Inglaterra o la Santa Hermandad en España.

Edad Moderna: aparición de cuerpos policiales organizados

En el siglo XVII, se crean cuerpos con funciones de seguridad pública más claras, como los Mousquetaires du Roi en Francia.

En 1829, Sir Robert Peel funda la Metropolitan Police en Londres, considerada la primera policía moderna, basada en principios como la prevención del delito y el consentimiento de la comunidad.

Siglo XX: profesionalización y expansión de funciones

Se profesionalizan las fuerzas policiales, incorporando formación, tecnología y mecanismos de control interno.

Aparecen distintas especializaciones: policía judicial, de tránsito, científica, etc.

Se promueven principios de respeto a los derechos humanos, especialmente después de la Segunda Guerra Mundial.

Siglo XXI: adaptación a nuevos desafíos

Se enfrenta el crimen organizado, el terrorismo y los delitos cibernéticos.

Se incorporan tecnologías avanzadas (inteligencia artificial, cámaras corporales, análisis de datos).

Se refuerzan políticas de proximidad y de rendición de cuentas para fortalecer la confianza ciudadana.

2.4. El rol social del policía

En este tema usted considerará que la actuación cotidiana del policía se realiza principalmente en su relación con los ciudadanos y que de esta actuación depende en gran medida la imagen que los ciudadanos se forman de la policía y del Gobierno, cuya autoridad representan.

Si la imagen que los ciudadanos se forman es positiva, se dice que la policía es un referente social de valores tales como seguridad, cortesía, servicio, honestidad, valentía, etc. Si la imagen que los ciudadanos se forman es negativa, la policía se vuelve un referente social de actitudes contrarias a lo que debieran ser sus virtudes. Por otro lado, la imagen que el policía se forma de sí mismo, de su misión como tal y de los ciudadanos repercutirá en su manera de actuar, así como la imagen que la ciudadanía se forma de la policía influirá en su manera de comportarse con ésta.

El policía debiera ser visto como un agente social que simboliza (representa o es imagen de) la autoridad del Estado y tiene a su cargo mantener el orden público. De hecho, junto con los militares, los policías son los únicos funcionarios del Estado que utilizan uniformes que los distinguen y representan así, visiblemente, la cara del Estado para los ciudadanos.

Por su misión y profesión el policía es el guardián del orden, la seguridad y los derechos de las personas. Por la importancia de estos valores y las virtudes de legalidad, valor y servicio a los ciudadanos, debiera ser un referente social, es decir, un modelo o ejemplo de esos valores y virtudes para los miembros de la sociedad. Por lo elevado de esta misión, aun su porte debe inspirar respeto, confianza y seguridad.

El policía es también un funcionario que, para lograr los altos fines de su misión, está investido de autoridad para hacerse respetar y obedecer por los demás. La autoridad de la policía y su posibilidad de utilizar la fuerza tienen la finalidad de facilitar el servicio que presta a la comunidad y se fortalece en la medida en la que sirve realmente a ese propósito.

El policía es un agente social porque su actuación contribuye a que la sociedad mejore o se deteriore, es un agente social porque se encuentra en muchas situaciones a la vista del público, y de su actuación depende la imagen que los ciudadanos se forman no sólo de él, sino de la policía en general. En la medida en la que el policía cumple correctamente con su misión, se gana el respeto de los ciudadanos y contribuye a mejorar no sólo la imagen que el público tiene de la policía, sino también el comportamiento de los ciudadanos con los mismos policías y su postura con respecto a la observancia de la ley. De esta manera, si la policía desempeña bien su papel como agente social puede contribuir a que tengamos una sociedad más segura, justa, productiva y democrática, y como resultado su imagen será positiva y ganará el respeto, el aprecio e incluso la admiración de los ciudadanos. Pero si, por el contrario, actúa mal o no actúa, caerá en el deshonor y en el oprobio y contribuirá a generar una sociedad insegura, injusta, improductiva y desordenada de la cual terminará siendo víctima también él y su familia.

Como actor social, el policía desempeña su papel de acuerdo con la imagen que tiene de sí mismo y como hemos visto, esta imagen no debiera está determinada por lo que la sociedad piensa de la policía sino por lo que éste sabe que está llamado a ser y quiere ser: un funcionario del Estado revestido de autoridad y de fuerza para salvaguardar los bienes y los derechos de todos los seres humanos; una persona que es valiente ante el peligro y es dueño de su temperamento; que tiene buen juicio y conocimiento de las normas y procedimientos policiales, y que tiene además fortaleza moral para enfrentar las amenazas y las tentaciones de corrupción y de todo aquello que no es digno de sí ni de su misión.

Finalmente, hay que notar que otro factor que influye en la imagen que los ciudadanos tienen de la policía son los medios de comunicación, que tienden a destacar las fallas de la policía y en ocasiones no dan la misma importancia a sus logros.

Como se ha estado mencionando, la imagen que los ciudadanos tienen de la policía y viceversa tiene su origen principal en la interacción cotidiana entre ambos. Así lo confirma el código europeo de ética policial que señala: “la confianza de la población en la policía se encuentra estrechamente ligada a la actitud y comportamiento de esta última con respecto a esa población y, en particular, al respeto de la dignidad humana y las libertades y derechos fundamentales de la persona.

De acuerdo con Ulises Urusquieta:

Los tipos de interacción frecuentes entre policías y ciudadanos son los siguientes:

a) …Detenerlos por delitos, infraccionarlos cuando viajan en automóvil, y en el mejor de los casos para brindarles ayuda o apoyo ante una situación violenta o delictiva.

b) Los ciudadanos generalmente establecen relación con los policías para pedirles informes sobre alguna calle o dirección, solicitarles ayuda o denunciar un posible delito.

Por otro lado, los investigadores Garza Falla y Tello Peón, que trabajaron en el Modelo de Comunidad Segura señalan:

En lo que se refiere a los delitos, en muchas colonias de las grandes ciudades el delito más frecuente es el robo a transeúntes, seguido del robo a vehículos y autopartes y por último el robo a casa habitación. Preocupa a los ciudadanos también el problema de la seguridad por el tráfico de drogas en las escuelas.

Con relación a la prevención de delitos, lo que los ciudadanos quisieran es una mayor presencia de los policías, que haya un policía siempre que pasa algo malo. Les gustaría también que los policías respetaran la ley, que tuvieran mayor formación, que los niños y los policías fueran amigos y que los que deseen ser policías quieran a la gente.

Lo que los policías quisieran de los ciudadanos es que respeten la ley, que tengan conciencia no sólo de sus derechos, sino también de sus obligaciones, que en caso de ser víctimas de algún delito tengan más disposición a colaborar con la policía para realizar las diligencias que se requieren ante el ministerio público, y les gustaría también que los ciudadanos no fomentaran la corrupción, ya que, de lo contrario, será muy difícil erradicar esa plaga.

Al parecer, todos reconocen que entre lo que los policías y los ciudadanos son en realidad y lo que debieran ser, hay una distancia. En encuentros que se han realizado entre policías y ciudadanos se ha observado que hay la voluntad de cambiar esta situación empezando por cosas tan sencillas y difíciles a la vez como:

a) Que policías y ciudadanos se comprometan a saludarse.

b) Que los ciudadanos se comprometan a no dar “mordida” y los policías a no recibirla.

3. Ética y deontología de la función policial

3.1. Vocación de servicio del policía

De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua la profesión es el empleo, facultad u oficio que alguien ejerce y por el que percibe una retribución. De esta manera se habla de la profesión médica, de la profesión legal, claro está, de la profesión policial.

Generalmente hay que dedicar mucho tiempo a la práctica, el estudio y la reflexión para dominar todo lo que requiere el buen ejercicio de una profesión. Un concepto estrechamente ligado al de profesión es el de vocación y aunque generalmente lo hemos limitado al llamado a la vida religiosa, es aplicable a la inclinación a cualquier profesión.

Vocación significa llamamiento y de acuerdo al Diccionario consiste en la inclinación a cualquier estado, profesión o carrera. Por eso, cuando hay inclinación al trabajo policial, hablamos de la vocación para ser policía. Un indicio de que se tiene vocación para ser policía es que se disfruta del trabajo policial, se realiza con gusto y con ilusión, y además se experimenta gran satisfacción en las ocasiones en las que logra servir a los ciudadanos protegiendo su vida, su integridad, sus bienes y el disfrute de sus derechos.

De acuerdo con Servera: la experiencia y la práctica prueban que, en muchas ocasiones la afición por una profesión determinada viene después de probarla. La mejor piedra de toque para dilucidar si uno ha elegido su profesión vocacionalmente, es decir, de acuerdo con las raíces más auténticas de su identidad, es la ilusión. ¿Qué empresa o quehacer llena nuestra vida y nos hace sentir que, por un momento, somos nosotros mismos?

La vocación de servicio policial es una cualidad inherente y fundamental en quienes eligen dedicar su vida a proteger y servir a la sociedad como agentes del orden. Se trata de un compromiso profundo con los valores de justicia, seguridad, y bienestar común, que va más allá del cumplimiento de las obligaciones profesionales. Es un llamado que exige empatía, ética, sacrificio, y un fuerte sentido de responsabilidad hacia la comunidad.

Principales características de la vocación de servicio policial:

  • Compromiso con la comunidad: La labor policial está orientada a salvaguardar la integridad y los derechos de las personas. Este compromiso implica estar dispuesto a enfrentar desafíos para garantizar la paz y la convivencia social.
  • Empatía y respeto: Un agente con vocación de servicio entiende las necesidades de las personas, escucha activamente y actúa con respeto hacia todas las personas, independientemente de su condición social, cultural o económica.
  • Ética profesional: La vocación de servicio requiere actuar con integridad y transparencia, siguiendo los principios del Estado de derecho y respetando las normas establecidas.
  • Sacrificio y dedicación: Quienes eligen este camino están dispuestos a priorizar el bienestar de otros, incluso en circunstancias que puedan ser riesgosas para su propia vida.
  • Resolución de conflictos: La labor policial implica mediar, prevenir y resolver situaciones difíciles. Un agente vocacional busca soluciones pacíficas y justas.
  • Mejora continua: Un policía con verdadera vocación está en constante formación y actualización para ofrecer un mejor servicio a la ciudadanía.

Importancia de la vocación en el servicio policial:

  • Construcción de confianza: Una policía vocacional genera confianza en la comunidad, lo cual es esencial para la cooperación ciudadana en temas de seguridad.
  • Fortalecimiento del tejido social: A través de su servicio, los policías contribuyen a la cohesión social y al desarrollo de comunidades más seguras y armónicas.
  • Legitimidad institucional: La vocación y el comportamiento ejemplar de los policías fortalecen la percepción positiva de las instituciones de seguridad.

Desafíos para desarrollar y mantener esta vocación:

  • Estrés laboral: La exposición a situaciones de alto riesgo puede afectar la motivación y el compromiso del personal policial.
  • Reconocimiento social: Muchas veces, la labor policial no es valorada adecuadamente, lo que puede desanimar a quienes tienen vocación.
  • Recursos y formación: La falta de herramientas, formación adecuada y apoyo puede obstaculizar el desarrollo de una vocación sólida.

La vocación de servicio es la base para una policía que inspire respeto, confianza y admiración, contribuyendo de manera significativa a la paz y el orden en la sociedad.

3.2. Aproximaciones a los Derechos Humanos y la función policial

Los Derechos Humanos (DDHH) y la función policial están intrínsecamente relacionados, ya que la policía es responsable de proteger y garantizar el ejercicio de estos derechos mientras mantiene el orden público y la seguridad. Esta relación implica un equilibrio entre el ejercicio legítimo de la autoridad y el respeto irrestricto a los principios fundamentales de dignidad humana, justicia y legalidad.

Aproximaciones a los Derechos Humanos en la función policial:

  • Protección como prioridad: La policía debe actuar como garante de los derechos fundamentales, asegurando que todas las personas puedan ejercerlos sin restricciones arbitrarias. Esto incluye proteger la vida, la integridad física, la libertad, y la igualdad de todos los ciudadanos.
  • Uso proporcional de la fuerza: El uso de la fuerza es una herramienta legítima de la función policial, pero su aplicación debe estar estrictamente regulada por principios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad, evitando cualquier exceso que pueda vulnerar los derechos humanos.
  • Prevención de abusos: La labor policial implica prevenir violaciones de los derechos humanos, tanto por parte de agentes estatales como de particulares. Esto incluye actuar contra la discriminación, el abuso de poder, la tortura o el trato inhumano.
  • Transparencia y rendición de cuentas: La actuación policial debe ser transparente y sujeta a mecanismos de supervisión y rendición de cuentas para evitar arbitrariedades y fortalecer la confianza pública.
  • Formación y sensibilización: Los cuerpos policiales deben recibir capacitación constante en derechos humanos para garantizar que su actuación esté alineada con los estándares nacionales e internacionales.

Retos en la interacción entre Derechos Humanos y función policial:

  • Confianza pública: La percepción de abuso policial puede erosionar la confianza ciudadana. Trabajar con apego a los derechos humanos refuerza la legitimidad y aceptación social de la institución.
  • Contextos de conflicto: En situaciones de violencia o disturbios, es un desafío actuar de manera que se protejan los derechos humanos sin comprometer la seguridad pública.
  • Imparcialidad: La policía debe garantizar el respeto a los derechos de todas las personas, sin discriminación por motivos de género, raza, religión, orientación sexual, posición económica o política.

Instrumentos normativos que guían la función policial en el marco de los Derechos Humanos:

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948): Proclama los derechos fundamentales inherentes a todas las personas y constituye un marco de referencia para la labor policial.
  • Convenciones internacionales: Como la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.
  • Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (ONU, 1990): Ofrecen directrices sobre cómo emplear la fuerza de manera legítima.
  • Normas nacionales: La Constitución y las leyes locales establecen límites y responsabilidades claras para los cuerpos de seguridad, así como sanciones por el incumplimiento de los estándares de derechos humanos.

Propuestas para fortalecer el enfoque de derechos humanos en la función policial:

  • Capacitación continua: Promover programas de formación en derechos humanos y resolución pacífica de conflictos.
  • Mecanismos de control: Establecer observatorios ciudadanos e internos que supervisen la labor policial.
  • Fomento de una cultura institucional: Promover valores como la empatía, el respeto y la responsabilidad dentro de las corporaciones policiales.
  • Diálogo con la comunidad: Fortalecer las relaciones entre policía y ciudadanía mediante la participación activa en temas de seguridad y derechos.

El enfoque de derechos humanos en la función policial no solo mejora la efectividad de las instituciones, sino que también refuerza la convivencia democrática y la paz social.

4. Regulación normativa de la función policial

4.1. Legislación internacional

La legislación internacional que regula la función policial establece principios y normas que orientan el trabajo de las fuerzas del orden, garantizando el respeto de los derechos humanos, el uso legítimo de la fuerza y la actuación ética. Estos marcos legales son aplicables a nivel global y sirven de referencia para el desarrollo de leyes nacionales.

Principios y Normativas Internacionales Relevantes

Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)

Adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), establece la obligación de las autoridades, incluidas las policías, de respetar los derechos y libertades fundamentales.

Artículos clave: derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad y a no ser sometido a tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966)

Establece derechos esenciales que las fuerzas policiales deben proteger, como la igualdad ante la ley y el debido proceso.

Regula el uso de la fuerza y detenciones arbitrarias, exigiendo siempre una justificación legal y proporcional.

Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (1979)

Adoptado por la ONU, establece principios éticos y legales que rigen la labor policial, como:

  • Actuar con integridad y respeto a la dignidad humana.
  • Usar la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario y de manera proporcional.

Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (1990)

Regula el uso legítimo de la fuerza y las armas de fuego, enfatizando:

  • Uso como último recurso.
  • Prohibición del uso letal salvo en situaciones de peligro inminente para la vida.
  • Exigencia de mecanismos de rendición de cuentas en caso de uso indebido.

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984)

Obliga a las fuerzas policiales a prevenir, investigar y sancionar cualquier acto de tortura.

Establece la capacitación obligatoria del personal policial en estos principios.

Convención sobre los Derechos del Niño (1989)

Regula la intervención policial en situaciones que involucren a menores de edad.

Establece que cualquier acción debe priorizar el interés superior del niño y garantizar un trato diferenciado, adecuado y respetuoso.

Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela, 2015)

Regulan las actuaciones policiales en procesos de detención y custodia.

Prohíben tratos degradantes y exigen condiciones dignas para las personas privadas de libertad.

Principios Fundamentales de Actuación Policial Internacional

Legalidad: Toda acción debe estar respaldada por la ley.

Proporcionalidad: El uso de la fuerza debe ser necesario y proporcional a la amenaza.

Necesidad: Solo usar la fuerza cuando otras medidas hayan sido insuficientes.

Rendición de cuentas: Las instituciones deben establecer mecanismos para supervisar y sancionar abusos.

Respeto a los derechos humanos: Todas las actuaciones deben garantizar la dignidad y los derechos fundamentales.

4.2. Legislación nacional

La legislación mexicana que regula la función policial está basada en principios constitucionales, leyes generales, reglamentos y tratados internacionales que garantizan el respeto a los derechos humanos, la legalidad, la profesionalización y la eficacia en las tareas de seguridad pública.

A continuación, te presento un panorama general de las principales normas que rigen la función policial en México:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 16:

Regula las detenciones por parte de la policía, asegurando que ninguna persona puede ser privada de su libertad sin una orden judicial, salvo en caso de flagrancia.

Artículo 21:

Establece que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, las entidades federativas y los municipios.

Define que las instituciones policiales actuarán bajo principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

Introduce la figura de la Guardia Nacional, bajo el control operativo de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Artículo 123, Apartado B:

Regula las condiciones laborales del personal policial, garantizando su estabilidad, capacitación y profesionalización.

Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (LGSNSP)

Regula la coordinación entre los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal) en materia de seguridad pública.

Establece los principios de actuación policial y define la estructura, funciones y obligaciones de las instituciones de seguridad.

Crea el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública y establece requisitos para la selección, formación y evaluación de los policías.

Ley de la Guardia Nacional (2019)

Regula la organización, funcionamiento y control de la Guardia Nacional.

Establece su carácter civil y su responsabilidad en tareas de prevención, investigación y combate a la delincuencia.

Dicta principios de actuación como el respeto a los derechos humanos, la proporcionalidad en el uso de la fuerza y la rendición de cuentas.

Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza (2019)

Uniforma los criterios para el uso legítimo de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad pública.

Establece los niveles de fuerza permitidos, desde la disuasión hasta el uso de fuerza letal, únicamente en casos de peligro inminente.

Regula el uso de armas letales y no letales y establece mecanismos de control y rendición de cuentas.

Ley Nacional de Registro de Detenciones (2019)

Crea un registro nacional en tiempo real de todas las detenciones efectuadas en el país.

Busca garantizar el respeto a los derechos de las personas detenidas y prevenir detenciones arbitrarias o desapariciones forzadas.

Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP)

Regula la actuación policial en la investigación de delitos bajo el sistema penal acusatorio.

Establece las funciones de la policía en la preservación del lugar de los hechos, recolección de indicios y colaboración con el Ministerio Público.

Tratados Internacionales

México ha ratificado diversos tratados internacionales que regulan el actuar policial, como:

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

La función policial en México enfrenta desafíos constantes, como el fortalecimiento de la confianza ciudadana, la coordinación interinstitucional y la capacitación continua para enfrentar nuevas modalidades delictivas.

4.3. Normas relacionadas con la deontología policial

La deontología policial se refiere al conjunto de normas, principios éticos y obligaciones que regulan la conducta profesional de los cuerpos de policía, garantizando su actuación conforme a la legalidad, el respeto a los derechos humanos y el servicio a la comunidad. Estas normas buscan mantener la confianza pública, evitar abusos y promover una actuación profesional, imparcial y ética.

A continuación, te presento las principales normas relacionadas con la deontología policial a nivel internacional y en México:

Normas Internacionales de Deontología Policial

Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (ONU, 1979)

Establece principios fundamentales para el comportamiento ético de la policía:

Respeto y protección de la dignidad humana.

Uso de la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario.

Prohibición de tortura, tratos crueles o degradantes.

Obligación de actuar con integridad y sin discriminación.

Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego (ONU, 1990)

Regula el uso de la fuerza bajo criterios de proporcionalidad, necesidad y legalidad.

Establece la rendición de cuentas en caso de uso indebido.

Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)

Establece derechos y libertades fundamentales que los policías deben proteger, garantizando un trato digno y justo para todos.

Código Europeo de Ética de la Policía (Consejo de Europa, 2001)

Proporciona directrices para el comportamiento ético de la policía en Europa, con énfasis en la legalidad, proporcionalidad, respeto a los derechos humanos y responsabilidad institucional.

Normas Mexicanas Relacionadas con la Deontología Policial

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 21: Establece que las instituciones de seguridad actuarán con apego a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (LGSNSP)

Define las obligaciones de las instituciones de seguridad pública en cuanto a la formación y evaluación ética de su personal.

Establece mecanismos de control de confianza, capacitación continua y cumplimiento de principios éticos.

Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza (2019)

Regula el uso legítimo, proporcional y necesario de la fuerza, acorde a estándares internacionales.

Exige capacitación en el uso ético de la fuerza y mecanismos de supervisión.

Ley Nacional de Registro de Detenciones (2019)

Busca garantizar el respeto a la integridad y los derechos de las personas detenidas, evitando detenciones arbitrarias.

Códigos de Ética de las Instituciones Policiales

Cada corporación, a nivel federal, estatal y municipal, cuenta con su propio Código de Ética, alineado con las normas nacionales e internacionales. Por ejemplo, el Código de Ética de la Guardia Nacional y el Código de Conducta de las Policías Estatales.

Principios Deontológicos Fundamentales

Legalidad: Actuar siempre conforme a la ley.

Integridad: Mantener una conducta honesta y transparente.

Imparcialidad: No discriminar por razones de género, raza, religión o ideología.

Respeto a los Derechos Humanos: Garantizar el trato digno a todas las personas.

Profesionalismo: Actuar con responsabilidad y competencia.

Rendición de Cuentas: Someterse a mecanismos de supervisión y control.

Proporcionalidad en el Uso de la Fuerza: Emplearla solo cuando sea estrictamente necesario.

La deontología policial no solo implica el cumplimiento de la ley, sino también una actitud de servicio, respeto y empatía hacia la comunidad.

5. Principios básicos de actuación policial

Los principios básicos de actuación policial son directrices fundamentales que orientan el comportamiento, las decisiones y las intervenciones de las fuerzas del orden. Estos principios garantizan que las actuaciones policiales se desarrollen de manera profesional, ética y conforme a la ley, protegiendo los derechos y libertades de las personas.

Tanto a nivel internacional como en la legislación mexicana, se han establecido principios esenciales que rigen el actuar policial. A continuación, se detallan los más importantes:

Legalidad

Todas las acciones policiales deben ajustarse a las leyes y normativas vigentes.

El uso de la fuerza, las detenciones y cualquier intervención deben tener un fundamento legal.

Este principio se establece en:

  • Artículo 21 de la Constitución Mexicana.
  • Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (ONU, 1979).

Ejemplo: Una detención solo puede realizarse si existe una orden judicial o en caso de flagrancia.

Objetividad

Las actuaciones policiales deben basarse en hechos, pruebas y criterios profesionales, no en suposiciones o prejuicios.

Se debe evitar cualquier tipo de sesgo o discriminación.

Este principio es fundamental en el Sistema Penal Acusatorio Mexicano y en las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ejemplo: Al investigar un delito, la policía debe seguir las pruebas, sin dejarse influenciar por estereotipos.

Eficiencia

Se busca optimizar recursos y capacidades para prevenir, investigar y combatir el delito.

Implica capacitación continua, uso adecuado de recursos y evaluación constante del desempeño.

Regulado por la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (LGSNSP).

Ejemplo: Implementar operativos estratégicos basados en análisis de inteligencia.

Profesionalismo

La labor policial requiere conocimientos técnicos, habilidades específicas y una actitud ética.

Los policías deben recibir formación constante en derechos humanos, procedimientos legales, mediación y uso legítimo de la fuerza.

Establecido en el Programa Rector de Profesionalización Policial en México.

Ejemplo: Capacitación periódica en el manejo de situaciones de crisis y negociación.

Honradez

Los policías deben actuar con integridad, evitando cualquier conducta que implique corrupción o abuso de autoridad.

Este principio fortalece la confianza pública en las instituciones de seguridad.

Regulada por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Ejemplo: Rechazar sobornos o beneficios personales en el desempeño de sus funciones.

Respeto a los Derechos Humanos

Las actuaciones policiales deben garantizar el respeto a la dignidad, la libertad y los derechos de todas las personas, sin distinción.

La fuerza solo debe emplearse como último recurso y de forma proporcional.

Respaldado por:

  • Constitución Mexicana (Artículos 1, 21 y 29).
  • Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).
  • Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza (2019).

Ejemplo: Durante una detención, es obligatorio informar al detenido sus derechos, incluyendo el de contactar a un abogado.

Proporcionalidad en el Uso de la Fuerza

El uso de la fuerza debe ser proporcional a la amenaza y emplearse solo cuando otras medidas hayan resultado ineficaces.

El uso letal solo se justifica para proteger vidas.

Regulado por la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza (2019).

Ejemplo: En una manifestación, se debe priorizar el diálogo y el control disuasivo antes que el uso de la fuerza física.

Normativas Internacionales que Respaldan estos Principios

  • Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley (ONU, 1979).
  • Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego (ONU, 1990).
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969).

Estos principios no solo guían las acciones cotidianas de los cuerpos policiales, sino que también buscan fortalecer la relación de confianza y colaboración entre la policía y la comunidad.

Bibliografía

  • Bentham, J. (1836). Tomo I. Deontología o Ciencia de la Moral. Valencia: Librería de Mallen y sobrinos.
  • Bentham, J. (1981). Introducción a los principios de la moral y de la legislación. Roma: SofismiPolitici.
  • Berumen, A. (2003). Apuntes de filosofía del Derecho. México.
  • Bulnes, J. P. (1953). La filosofía del deber. Madrid: Ed. Razón y Fe.
  • Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (1917). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Última reforma publicada DOF 06-062023. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
  • Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2009). Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Última reforma publicada DOF 25-04-2023. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGSNSP.pdf
  • Contreras, S. (2009). La ética en la vida profesional. México: Ed. Trillas.
  • Cortina, A. (1994). 10 palabras clave en ética. Navarra: Ed. Verbo Divino.
  • D Ambrosio, A., et al. (2008). Jurisprudencia de los conceptos. Argentina: Universidad Nacional de la Plata.
  • De Pina, R. (2003). Diccionario de Derecho. (32a edición). México: Edit. Porrúa.
  • Duque, R. J. (2010). Lecciones elementales de deontología Jurídica. Serie estudios 89. Caracas: Academia de Ciencias Políticas y Sociales.
  • Frondizi, R. (1995). ¿Que son los valores? Introducción a la axiología. México: Fondo de Cultura Económica.
  • García, E. (1984). Ensayos filosófico-jurídicos. México: UNAM.
  • García, E. (1992). Introducción al Estudio del Derecho. México: Ed. Porrúa.
  • García, E. (1997). Positivismo jurídico, Realismo sociológico y Iusnaturalismo. UNAM: México.
  • González, R. (2018). Ética en la Función Policial. Editorial Tirant. https://editorial.tirant.com/mex/ebook/etica-en-la-funcion-policialramiro-gonzalez-lopez-9788491697060
  • Green, J. (1993). Esencia y fundamentos de la moral. México: UNAM.
  • Herrera, A. (2006). Deontología policial: Reflexiones y retos para las policías de la región americana. https://biblioteca.cejamericas.org/bitstream/handle/2015/1735/deontologiapolicial.pdf?sequence=1&isAllowed=y#:~:text=En%20este%20sentido%2C%20una%20labor,protección%20de%20los%20derechos%20humanos
  • Kelsen, H. (1992). Teoría Pura del Derecho. México: Ed. Porrúa.
  • Kutschera, F. (1982). Fundamentos de ética. Madrid: Ed. Catedra.
  • Luhmann, N. (1997). Observaciones de la modernidad. Racionalidad y contingencia en la sociedad moderna. Barcelona: Paidos.
  • Organización de las Naciones Unidas. (1948). Declaración Universal de los Derechos Humanos. Adaptación del documento original 2015. https://www.un.org/es/documents/udhr/UDHR_booklet_SP_web.pdf
  • Organización de las Naciones Unidas. (1979). Código de Conducta para Funcionarios Encargados de hacer cumplir la Ley. https://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Programas/Provictima/1LEGISLACIÓN/3InstrumentosInternacionales/C/codigo_conducta_funcionarios.pdf
  • Palacios, G. (2020). Formación policial, deberes, perfil y práctica. México. Editorial Trillas.
  • Pérez, V. M. (2013). Deontología Jurídica. México: Oxford.
  • Rojas, G. (2004). Diccionario de Derecho. México: ed. 3R Editores.
  • Rover, C. (2017). Servir y Proteger. Derecho de los derechos humanos y derecho humanitario para las fuerzas de policía y de seguridad. Comité Internacional de la Cruz Roja. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/579045/SERVIR_Y_PROTEGER_CICR.pdf
  • Sánchez, A. (1969). Ética. México: Tratados y manuales Grijalbo.
  • Sánchez, A. (2009). Bases para una Deontología Jurídica. Revista del Centro de Estudios Superiores Navales. México: editorial SEMAR- CESNAV. https://cesnav.uninav.edu.mx/cesnav/revista_pdf/2009/2009-2.pdf
  • Schreiber, R. (1992). Lógica del Derecho. México: Fontamara.
  • Universidad Autónoma de México. (2013). Código de ética en la resignificación de la Función Policial. Instituto de Investigaciones Jurídicas https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3388/11.pdf

Consigue la versión descargable en el siguiente enlace…

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *