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Relevancia de la actuación de la Policía Preventiva en calidad de Primer Respondiente para la investigación del delito

RELEVANCIA DE LA ACTUACIÓN DE LA POLICÍA PREVENTIVA EN CALIDAD DE PRIMER RESPONDIENTE PARA LA INVESTIGACIÓN DEL DELITO

1. El Primer Respondiente en la investigación

De acuerdo con lo señalado en el artículo 213 del CNPP, la etapa de investigación tiene como propósito general que la autoridad ministerial reúna la información que requiere para esclarecer los hechos ocurridos, determinar la probable participación de las personas y, en su caso, el ejercicio de la acción penal, la acusación contra el imputado y la reparación del daño.

Una de las autoridades que colabora con la autoridad ministerial en esta labor es la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente, actor de suma importancia en la investigación del delito ya que, tiene la responsabilidad de proteger y salvaguardar los elementos materiales probatorios que se encuentran ahí. 

Si bien es cierto que la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente realizará la mayoría de las diligencias en el lugar de la intervención, ello no significa que, a solicitud de la autoridad ministerial, de la policía de investigación, las y los peritos o la Policía con Capacidad para Procesar pueda realizar actos fuera del lugar de la intervención.

De acuerdo con el Protocolo Nacional de Actuación Primer Respondiente, la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente podrá intervenir cuando sea presentada una denuncia, se requiera la localización, descubrimiento o aportación de indicios o elementos materiales probatorios y en casos de flagrancia, para lo cual deberá llevar a cabo las siguientes acciones:

 Arribar al lugar referido en la denuncia;

 Corroborar que los hechos narrados en la denuncia son reales y que pueden ser constitutivos de conductas delictivas;

 Valorar el lugar de la intervención a efecto de solicitar apoyo de otras instituciones para la preservación del lugar;

 Preservar el lugar de la intervención;

 Inspeccionar el lugar de la intervención;

 Entrevistar a las personas que se encuentren el lugar de la intervención;

 Documentar y registrar las diligencias realizadas;

 Entregar el lugar de la intervención; y

 Trasladar los elementos materiales probatorios cuando sea requerido.

A continuación, se explican cada una de las actividades que deberá realizar la autoridad policial.

1.1. Arribar al lugar referido en la denuncia

En cuanto la autoridad policial tenga conocimiento de una denuncia, deberá investigar los hechos motivo de la denuncia con la finalidad de obtener información para localizar el lugar y corroborar éstos. En cuanto le sea posible deberá informar, por cualquier medio, a su superior o a quien esté a cargo y a la autoridad ministerial para coordinarse en las actividades que habrán de realizar.

La autoridad policial en funciones de Primer Respondiente, si las circunstancias se lo permiten, avisará a la autoridad ministerial de las condiciones en las que está el lugar de la intervención. Sin embargo, si se requiere de la realización de diligencias urgentes, éste deberá realizarlas enseguida y dará aviso inmediatamente después a la autoridad ministerial de las acciones realizadas.

¿Qué diligencias son urgentes?

En caso de que se requieran, deben ser solicitadas en forma inmediata:

 Atención médica de urgencia;

 Atención psicológica de emergencia;

 Bomberos;

 Protección civil;

 Equipo especializado en recuperación de cuerpos o restos óseos y otro material biológico, si existe riesgo de pérdida;

 Equipo especializado en bombas y explosivos; y

 Equipo especializado en manejo de animales domésticos o fauna silvestre.

1.2. Corroborar que los hechos narrados en la denuncia son reales y que pueden ser constitutivos de conductas delictivas

Si posterior a la inspección del lugar, el Primer Respondiente concluye que la denuncia carece de elementos para realizar una investigación, informará a su superior jerárquico y concluirá sus actividades.

Registrará tal situación en el Informe Policial Homologado.

Por otro lado, si después de realizar la inspección, el Primer Respondiente concluye que hay elementos para iniciar la investigación de una conducta probablemente delictiva, deberá recabar la información necesaria para evaluar el nivel de riesgo y señalar el delito que habrá de investigarse.

Cuando el Primer Respondiente, al momento de llegar al lugar, presencia la comisión de una conducta delictiva en flagrancia deberá realizar la detención con estricto respeto a los derechos humanos.

Las personas detenidas tienen los siguientes derechos:  

 Saber las razones de la detención;

 Saber los derechos que tienen;

 A que sea registrada su detención;

 No ser incomunicadas; y

 No ser objeto de prácticas que pudieran ser constitutivas de tortura, tratos crueles o inhumanos.

Actos violatorios de la integridad personal

 Tortura (física y/o psicológica);

 Tratos crueles, inhumanos o degradantes (malos tratos);

 Uso desproporcionado o indebido de la fuerza;

 Penas o sanciones crueles, inhumanas o degradantes;

 Negativa a reconocer una detención;

 Ocultamiento de la suerte o paradero de una persona;

 Amenazas o intimidación;

 Incomunicación o aislamiento;

 Negativa u obstaculización injustificada para evitar la exposición a situaciones de riesgo;

 Omisión en adoptar medidas para prevenir, erradicar o prevenir o sancionar tortura;

 Omisión en la investigación efectiva de la tortura o malos tratos;

 Omisión al deber de custodia;

 Acciones de tortura descritas en el párrafo 144 del Protocolo de Estambul; y

 Agresiones simples.

1.3. Valorar el lugar de la intervención a efecto de solicitar apoyo de otras instituciones para la preservación del lugar

Si los hechos que motivaron la denuncia fueron consumados antes de que la autoridad policial llegue al lugar de la intervención, ésta deberá evaluar si requiere de apoyo de personal o de equipo técnico para preservar el lugar. En este sentido, debe tener en cuenta que la preservación de su vida y la de las personas que se encuentren en el lugar de la intervención son prioritarias.

¿Qué atención pueden requerir las víctimas, testigos y demás personas que se encuentren en el lugar de la intervención? Se deberá identificar a las personas que se encuentren en el lugar de la intervención y que requieran protección, auxilio o atención, supuestos en los que deberá solicitar apoyo inmediato de los servicios médicos de urgencia, servicios psicológicos o canalizarlos a las instituciones que requieran.

¿En qué casos podrá solicitar apoyo para la preservación del lugar de la intervención? Cuando la autoridad policial haya identificado riesgos que requieren ser neutralizados o eliminados por otras autoridades o instituciones, solicitará su apoyo. Algunas de estas situaciones pueden ser: incendios, construcciones con probabilidad de derrumbe, posibles explosiones, etc.

Los lugares no oficiales de privación de libertad de personas (casas de seguridad o similares) y aquellos conocidos como fosas clandestinas u otros lugares de destino final masivo suelen ser riesgosos y estar vigilados, por lo que deben extremarse medidas de neutralización de riesgos.

Además, tras su hallazgo, frecuentemente son manipulados si la autoridad los deja sin resguardo. Si se llega a detectar uno de estos lugares, debe asegurarse su resguardo permanente hasta la conclusión del procesamiento del lugar por el personal pericial y ministerial competente.

El debido resguardo de estos lugares puede marcar la diferencia entre lograr darle identidad a cuerpos y restos y restituirlos a sus familias.

¿Qué otras autoridades pueden colaborar en la preservación del lugar? Pueden intervenir, de acuerdo con las circunstancias del caso: personal pericial, Policía de Investigación y Policía con Capacidad para Procesar.

En caso de privaciones de la libertad (secuestro, desaparición de personas, trata) puede intervenir la Comisión Nacional de Búsqueda o la Comisión Estatal de Búsqueda. En estos casos, se sugiere generar el reporte inmediato para que se inicien las tareas de búsqueda de personas. También es posible que se informe a los familiares de la víctima sobre la necesidad de hacer este reporte de inmediato.

Para hacer una solicitud adecuada, el Primer Respondiente deberá identificar si en el lugar de la intervención existen objetos o situaciones que representen un riesgo para su salud o seguridad, en cuyo caso, no deberá olerlas, probarlas, tocarlas, trasladarlas o realizar alguna otra actividad que pueda ponerlo en riesgo o a las personas que se encuentran en el lugar, dando aviso inmediato al personal especializado.

1.4. Preservar el lugar de la intervención

Todo lugar de los hechos o hallazgo debe ser preservado, para lo cual el Policía Primer Respondiente deberá delimitar y proteger el lugar, lo documenta mediante fotografías, videograbación y/o croquis estableciendo la ruta única de entrada y salida; acciones que registra en el IPH (Pública, 2018).

Una vez preservado el lugar de los hechos o del hallazgo, el Policía Primer Respondiente realiza inspecciones y entrevistas en el lugar de intervención, estas diligencias urgentes se realizan con la finalidad de identificar testigos e impedir que se pierdan datos relevantes para la investigación, hasta que arribe el Policía Ministerial/de Investigación o Policía con Capacidades para Procesar. El Policía Primer Respondiente, deberá registrar todas esas diligencias urgentes que haya realizado en los documentos pertinentes. 

 Proteger el lugar de la intervención

  • Para la protección del lugar de la intervención, la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente deberá identificar si se trata de un lugar abierto o cerrado;
  • Cuando sea un lugar cerrado, acordonará y bloqueará las entradas y salidas del lugar, utilizando cinta barrera, patrulla, personas conos, postes o cualquier medio que bloquee la entrada y salida;
  • Cuando se trate de lugares abiertos, acordonará el lugar con cinta barrera, patrulla, personas, conos, postes o cualquier medio que le permita delimitar el lugar;
  • Una vez delimitado el lugar, la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente llevará un registro de todas las personas que ingresen y hayan ingresado al lugar de intervención; y
  • En lugares donde se localicen restos o cuerpos humanos u otro material biológico, se deberá limitar lo más posible el tránsito de personas e impedir corrientes de aire, que pudieran remover cenizas o restos minúsculos.

En este tipo de lugares, se debe evitar de manera estricta el ingreso de prensa y la toma de fotografías no autorizadas. Su difusión genera revictimización en los familiares de personas desaparecidas. Asimismo, se deberá evitar dar a conocer detalles sobre prendas o enseres personales localizados o señas particulares de los cuerpos o restos.

Tras terminar las tareas en el lugar, se deben extremar medidas de higiene (lavarse las manos adecuadamente, lavar y desinfectar equipos, vestimentas y vehículos).

 Priorizar 

La priorización se presenta cuando, debido a las condiciones meteorológicas y demográficas del lugar de intervención, existe el riesgo de que los elementos materiales probatorios se alteren, pierdan, destruyan o contaminen, en cuyo caso la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente le informará a la autoridad ministerial que recolectará y embalará los elementos materiales probatorios. Esta acción la llevará a cabo con los recursos que tenga disponibles para garantizar la preservación de éstos.

Para realizar la recolección y el embalaje deberá tener en cuenta las características de los indicios, así como las técnicas y procedimientos criminalísticos que para tal efecto se requieren. Por último, trasladará los indicios recolectados y embalados al lugar que le indique la autoridad ministerial. 

Para proceder a la recolección, deberá seguir la siguiente metodología:

  1. Observación

El o la policía inicia el procesamiento mediante la observación, la cual deberá ser ordenada, minuciosa, exhaustiva y completa. Por lo general la observación que se hace al arribar al lugar de intervención, es de abanico que va de izquierda a derecha y de derecha a izquierda.

Fines de la observación: 

 Hacer un reconocimiento del lugar de los hechos para establecer si es el original, y si no, indagar si existen otros sitios asociados a los hechos que se deban investigar;

 Localizar en el lugar de los hechos los indicios o evidencias que produjo el suceso; y

 Realizar las reflexiones pertinentes con el fin de entender el escenario que se presenta y establecer el plan de acción, tal como lo establece el PNPCP.

  1. Búsqueda

El Policía Primer Respondiente al momento de priorizar debe establecer la técnica de búsqueda de acuerdo con las características del lugar.

Los métodos de búsqueda más comunes son los siguientes:

 De un punto a otro (“Punto por punto”)

Se inicia el recorrido a partir del punto de acceso al lugar de los hechos y de ahí hacia la evidencia más cercana o próxima, es el más utilizado en lugares pequeños y cerrados.

Ejemplo: Una recámara dentro de una casa, un baño, entre otros.

Conforme se hace el recorrido del lugar, se va saltando de una evidencia a otra tal cual se van descubriendo.

 Espiral

Comienza seleccionando un punto focal o central.

Se inicia el recorrido hacia fuera en forma de espiral, podría también, realizar un proceso inverso, utilizando un proceso de espiral cada vez más estrecho.

 Franjas

Método ideal para cubrir áreas extensas y abiertas.

Se requiere que varios policías se alineen a una distancia de entre 80cm. y 1 metro. Empiezan el recorrido del lugar avanzando en una misma dirección, siendo cada Policía responsable de la franja que le fue asignada.

Al momento de encontrar un indicio o evidencia, se procede a procesarla.

Normalmente se utiliza para narcóticos, robos, armas, etc. Arrojados por los autores desde vehículos en carreteras o desde el aire. 

 Criba

Los policías recorren el área en dirección este a oeste y luego de sur a norte. Esto permite que el área se recorrida dos veces por distintos Policías.

Se recomienda su uso para áreas grandes, preferentemente abiertas donde existan hierbas o pequeños matorrales y en la búsqueda de objetos pequeños.

Es una variable del método de franja.

Ejemplo: un llano, un sembradío o, un lote baldío.

 Rueda o radial

Desde el centro elegido, los PCP se desplazan hacia fuera a lo largo de sectores conformados por los rayos imaginarios de la rueda.

En este método, el área a recorrer y registrar por cada Policía se hace cada vez más grande a medida que se aleja del centro.

 Zona, sector o cuadrantes

El lugar es divido en zonas, fijando como punto focal o área crítica.

La división se hará en cuadros, o sectores, es recomendado cuando el lugar de los hechos es en interiores de gran tamaño.

Es recomendable que se asigne por lo menos un PCP en cada sector.

Puede combinarse con otros métodos de búsqueda.

Ejemplo: una bodega, un hangar, etcétera.

 Enlace

Consiste en dividir el lugar de los hechos en pequeños cuadros, o sectores y es recomendable su uso en una casa o departamento, donde las mismas divisiones del lugar pueden sectorizarse.

Todo método de búsqueda debe ser:

Metódico. Seguir las directrices establecidas con antelación. Siguiendo la metodología establecida en la búsqueda de indicios, debe revisarse todo el lugar de intervención sin omitir ningún espacio en él.

Minucioso. Esto significa que la observación en el método de búsqueda debe ser detallada y desde varias perspectivas. Se recomienda utilizar en sitios oscuros, iluminación desde diversos ángulos.

Completo. No debe dejarse un solo espacio del lugar de intervención sin revisar en lugares abiertos y, todas las habitaciones adyacentes a la zona crítica en lugares cerrados.

  1. Localización e identificación

Si es el caso, el policía preventivo en funciones de Primer Respondiente localiza e identifica los indicios o elementos materiales probatorios, asignando número, letra o la combinación de ambos.

Para realizar la localización de los indicios, una vez seleccionado el método de búsqueda y en el recorrido que se hace del lugar, considere lo siguiente:

Durante el recorrido debe:

Mirar: es decir, dirigir la mirada hacia un lugar.

Ver: es distinguir e individualizar los distintos objetos que se miran.

Observar: es concentrar la mirada en un determinado objeto del conjunto.

Todo lo anterior servirá para descubrir los distintos elementos que puedan constituir indicios o evidencias al llamar su atención difiriendo de la imagen almacenada en su memoria, por aparecer fuera de lugar, por presentar aspecto diferente o por la razón que fuere.

Una vez descubierta la evidencia:

 Analizar

¿Por qué ese elemento está dónde está?; ¿Cómo llegó hasta ese lugar?; ¿Por qué aparece distinto?; ¿Qué le sucedió para variar su aspecto o su forma?; ¿Para qué pudo haber sido utilizado?, etcétera.

 Valorizar

Una vez descubierto y analizado el elemento, se preguntará si guarda o no relación con lo que se busca, puede ser de utilidad; no tiene explicación, necesita encontrarle explicación, etcétera, es decir, puede constituir una ayuda futura, dele valor y téngalo en cuenta para fijarlo y recolectarlo.

 Recolección de los indicios o elementos materiales probatorios

El Policía Primer Respondiente al momento de priorizar, realiza la recolección de los indicios o elementos materiales probatorios, de conformidad a su tipo o naturaleza.

La recolección es una acción de orden técnico, que tiene como principio la conservación de los indicios encontrados en la investigación, sin contaminar, transformar o modificar los mismos, utilizando el equipo necesario y normas de seguridad y bioseguridad.

Como principio necesario para no contaminar los diversos indicios y conservar las huellas que contienen, se deben usar guantes desechables de nitrilo, también se deben utilizar otros instrumentos, como: pinzas de metal con punta de goma, hisopos estériles, sábanas con solución isotónica, tubos de ensayo, entre otros; todo de acuerdo con lo que se vaya a levantar.

Reglas fundamentales del manejo de los indicios

 Levantar todo indicio o material sensible significativo, siendo preferible pecar por exceso que por defecto.

 Manejarlo sólo lo estrictamente necesario, a fin de no alterarlo o contaminarlo.

 El evitar contaminarlo con los instrumentos que se utilizan para su levantamiento, los cuales deberán ser lavados meticulosamente antes y después de su uso, ejemplo; pinzas, guantes, entre otros.

 Recolectar por separado, evitando mezclarlos. Ejemplo; Cada casquillo, bala, arma, elemento filamentoso, mancha, etc. 

 Ponerles números y embalarlos en diferentes recipientes.

 Marcar aquellos sitios que no amerite estudio ulterior.

 Extremar precauciones sanitarias (uso de cubrebocas, guantes, cubre zapatos) en lugares donde existan restos mortales y biológicos, en especial en aquellos donde exista gran cantidad de cuerpos o restos, pues presenta riesgos para la salud. En estos casos, también es importante evitar movimiento en exceso por el lugar, pues existe gran riesgo de pérdida de material genético. También se deberá procurar la intervención inmediata de personal pericial o con capacidad de procesar capacitado para el manejo de este tipo de indicios.  

No hay un orden específico en la recolección de indicios, sin embargo, es aceptable recolectar los indicios en el orden que se encontraron, dando prioridad a todos los indicios de naturaleza biológica.

 Embalaje de los indicios o elementos materiales probatorios

En caso de que el Primer Respondiente haya realizado la priorización, se verá en la obligación de llevar de manera correcta el embalaje de los indicios o elementos materiales probatorios, mediante la utilización de cajas, bolsas o recipientes nuevos, debiendo sellar, firmar y etiquetar los mismos.

Desde la perspectiva de la criminalística se trata de las técnicas del manejo adecuado y de conservación que se hacen para guardar, inmovilizar y proteger un indicio o evidencia, dentro de algún recipiente protector o contenedor adecuado para la naturaleza de este, con el objeto de mantener su integridad para su posterior estudio y análisis.

 Etiquetado

Es la operación final que se efectúa con objeto de la identificación y control del indicio donde lleva todos los datos administrativos.

Todo indicio debidamente recolectado, embalado y etiquetado, debe llevarse al puesto de mando establecido.

Al finalizar el embalaje y etiquetado de los indicios, se debe concluir con el llenado correspondiente del registro de Cadena de Custodia.

1.5. Inspeccionar el lugar de la intervención 

El Policía Primer Respondiente valora la situación que se suscita en el lugar de intervención, identifica los riesgos y determina las medidas necesarias con la finalidad de eliminarlos, neutralizarlos o minimizarlos, para esto puede solicitar apoyo, según sea el caso, a bomberos, protección civil, servicios médicos u otros; para llevar a cabo las actividades establecidas en los procedimientos de preservación o priorización.

1.6. Entrevistar a las personas que se encuentren en el lugar de la intervención

La autoridad policial deberá identificar a las personas probablemente vinculadas con los hechos delictivos con el objetivo de entrevistarlas y en su caso asegurarlas, para lo cual habrá de utilizar los formatos establecidos para tal efecto en el Informe Policial Homologado. Cuando las personas identificadas no quieran realizar la entrevista, la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente recabará sus datos generales y los registrará en los formatos que para tal efecto tiene el Informe Policial Homologado.

Guía de entrevista a víctimas

Esta guía se basa en el modelo inglés conocido como PEACE (Preparation and Planning, Engage and Explain, Account, Clarify and Challenge, Closure, Evaluation) elaborado en respuesta al elevado número de confesiones obtenidas mediante el uso no legal de la fuerza. En este apartado, las siglas PEACE se traducirán como PERCE:

 P: Planeación y Preparación

 E: Explicar e Involucrar

 R: Relato y Aclaración

 C: Cierre

 E: Evaluación.

A pesar de no ser una atribución del/la Policía Primer Respondiente, la entrevista que podrá tener que realizar deberá, en la medida de lo posible, seguir los mismos principios.

a) Planear y preparar

Implica prepararse para la entrevista tanto mental como estratégicamente, e incluso emocionalmente. Esto es particularmente relevante en caso de tener contacto con una víctima altamente sensibilizada o afectada por el hecho delictivo que vivió. 

Por lo anterior, será importante tener en cuenta los siguientes elementos:

 Evaluar qué información se necesita y la mejor manera de obtenerla, sobre todo en el caso de las personas en situación de vulnerabilidad. 

 Cumplir la legislación, directrices y normas aplicables. Recuerde que además de la legislación nacional y local, se debe tener en cuenta la legislación internacional aplicable, en particular la relacionada con la protección de derechos humanos. 

 Organizar las formalidades de la entrevista. Asegúrese de que la misma se lleve a cabo en un lugar adecuado donde la víctima esté cómoda, segura y tenga suficiente privacidad para responder sus preguntas. Recuerde considerar las necesidades particulares de las personas en situación de vulnerabilidad. 

 Obtenga la mayor cantidad de información sobre el hecho delictivo, en el marco de sus atribuciones como Primer Respondiente: ¿Dónde sucedió? ¿A qué hora o momento del día?, los aspectos generales del desarrollo del hecho, etc. y sobre la persona que entrevistará (¿es hombre o mujer?, ¿qué edad tiene?, ¿cuál es su grado de estudios?, etc.). 

b) Explicar e involucrar

Las y los policías deben ser conscientes de que tratarán con personas con diferentes niveles de sensibilización que incluso pueden agravarse con la sola presencia del(a) policía. Por lo anterior se recomienda:

 Crear una relación empática y respetuosa. Comience identificándose con la víctima diciendo su nombre y grado, y haciendo contacto visual en todo momento, sin mantener la vista fija en la víctima, ya que esto podría incomodarla. Recuerde que no busca ser amigo(a) de la víctima, sino generar un ambiente adecuado y un entendimiento común del propósito de la entrevista.

 Explicar el propósito de la entrevista. Es probable que al inicio de la entrevista la persona esté temerosa e incluso sospeche del/la policía. En este sentido, esté preparado para una reacción adversa e incluso de confrontación.

 Mencionar el derecho de la víctima a no responder, a contar con apoyo psicológico y/o jurídico en caso de requerirlo, a expresar lo que consideren pertinente, a ser acompañada por una persona de su confianza y/o entrevistada por una persona de sexo distinto al del/la entrevistador/a.

 Asegúrese de que la persona entrevistada comprendió lo dicho previamente y reitérele que, si durante la entrevista algo no queda claro, puede pedirle que lo repita cuantas veces sea necesario.

Un ejemplo de un inicio adecuado de la entrevista puede ser el siguiente: “Permítame presentarme, soy el/la oficial [diga su nombre]. Si está de acuerdo, le voy a hacer algunas preguntas que me ayudarán a recabar datos sobre el delito que padeció [no use el término “sufrir” en lugar de “padecer”, ello puede incrementar su nivel de sensibilización]. Antes de iniciar las preguntas quiero informarle sus derechos [explíquele sus derechos].

Por favor no se apresure al momento de responder, tómese el tiempo que necesite y siéntase libre de preguntar cualquier inquietud e incluso de detener la plática en el momento que lo considere necesario.”

c) Cierre

Es importante cerrar la entrevista sin prisas. Pregunte a la persona si quiere decir algo más y reafirme:

 Du nombre y cargo.

 Lo que sucederá enseguida.

Por ejemplo, explíquele que con base en los datos e información que le dio se investigarán los hechos para encontrar y/o llevar a juicio a la o las personas responsables.

Cuide el lenguaje que utiliza. Por ejemplo, evite decir que usted o el Ministerio Público “castigarán” al responsable, pues la función de ninguno de ambos es juzgar ni administrar justicia. De ser posible, resuma los puntos clave de la entrevista para que la víctima corrobore que los registró correctamente.

d) Evaluación

Cuando la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente presencie la comisión de un hecho delictivo en flagrancia deberá evaluar las circunstancias en las que se están cometiendo los hechos.

Esto implica que la autoridad policial deberá realizar dos acciones: valorar la viabilidad de detener a la o las personas e identificar la protección que requieren las víctimas y demás personas que se encuentren en el lugar de la intervención, con la finalidad de saber qué acciones deberá llevar a cabo para salvaguardar los derechos y la seguridad de todas las personas presentes.

Si determina que no es viable la detención en ese momento, deberá informar a su superior jerárquico los riesgos que existen; la necesidad de apoyo; así como cualquier otra situación que haya impedido llevar a cabo la detención. En este caso, la autoridad policial actuará conforme a las indicaciones del superior jerárquico. 

Además de lo anterior, deberá proteger a las víctimas y demás personas presentes en el lugar de la intervención y evitar que el delito cause mayores consecuencias y daños. 

1.7. Documentar y registrar las diligencias realizadas

Todas aquellas acciones que realice la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente deberán ser registradas en los formatos que para el efecto tiene el Informe Policial Homologado: 

 Describir lo ocurrido conforme a una línea de tiempo;

 Las circunstancias de los hechos;

 Las referencias de testigos;

 Las medidas tomadas para asegurar y preservar el lugar de la intervención;

 Los actos de investigación realizados; y

 El inventario de los objetos asegurados.

1.8. Entregar el lugar de la intervención

Una vez que la Policía de investigación, las y los peritos o la Policía con Capacidad para Procesar (PCP) lleguen al lugar de la intervención, la autoridad policial con funciones de Primer Respondiente le entregará formalmente el lugar de intervención, realizando las formalidades de la cadena de custodia.

La entrega-recepción formal del lugar de la intervención se realiza de acuerdo con lo establecido para este caso en el Informe Policial Homologado, el cual deberá contener como mínimo la siguiente información: 

 Fecha y hora de la entrega; y

 Circunstancias en las que se entrega el lugar a la Policía de investigación, perito o Policía con Capacidad para Procesar (PCP).

Lo anterior debe acompañarse con un recorrido por el lugar y la información a la autoridad que se entrega éste, de las acciones realizadas por el PPR. Acto seguido, brinda seguridad perimetral del lugar.

1.9. Trasladar los elementos materiales probatorios cuando sea requerido

El Policía Primer Respondiente, la Policía de investigación, las y los peritos o la Policía con Capacidad para Procesar podrán solicitar el apoyo de la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente para trasladar los elementos materiales probatorios al lugar que le indiquen. 

2. La importancia metodológica de la intervención del Primer Respondiente en la construcción de la teoría del caso

La teoría del caso es un método de trabajo que permite dar un solo sentido o significado a los hechos, normas y material probatorio; debiendo ser elaborado por las partes desde el primer momento en que han tomado conocimiento de los hechos y de esta forma transitar por las etapas del proceso penal con una estrategia o plan de trabajo.

La teoría del caso se compone por los siguientes niveles:

Análisis fáctico. El cual se refiere a los hechos sucedidos;

Análisis jurídico. Es la determinación de la ley penal aplicable, es decir; identificar la norma penal y la teoría jurídica que se usará; y

Análisis probatorio. Consiste en organizar la evidencia o material probatorio de tal manera que se corroboren las proposiciones fácticas.

¿A qué niveles de la teoría del caso contribuye el/la Policía Primer Respondiente?

Fáctico: a través de los hechos registrados por el Primer Respondiente en la narrativa de hechos del IPH y demás documentos que genere su actuación en el lugar, los cuales se integrarán en la carpeta de investigación; y

Probatorio: con la preservación del lugar de los hechos, la priorización (si la hubo) y la cadena de custodia principalmente.

Las actuaciones que realiza el/la Policía Primer Respondiente y su adecuada documentación es fundamental para la teoría del caso y requiere de un trabajo impecable en la narración, establecimiento de línea del tiempo y cualquier detalle que este incluya en el IPH.

3. El Primer Respondiente en la etapa de juicio oral

El juicio oral es la etapa en la que las partes, en presencia de la autoridad judicial, llevan a cabo la producción de la prueba, es decir, las y los testigos rinden su testimonio acerca de lo sucedido y están sometidos al interrogatorio y contrainterrogatorio, respectivamente.

La participación de la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente en esta etapa es en calidad de testigo, por lo que, si le es requerido, deberá acudir a la audiencia de juicio oral a rendir su testimonio en el que explique a quiénes están presentes las actividades que llevó a cabo. Como testigo, estará sometido al interrogatorio y contrainterrogatorio que realicen tanto la parte de que lo aportó como prueba y la contraparte, respectivamente. 

Tanto el interrogatorio como el contrainterrogatorio tienen como finalidad general que la persona que acude en calidad de testigo pueda proporcionar, a través de las preguntas que se le realizan, la información que la autoridad judicial debe saber para estar en posibilidad de tomar una decisión. Un objetivo importante del contrainterrogatorio es contradecir la prueba, conforme al principio de contradicción del Sistema Penal Acusatorio, por lo cual el Primer Respondiente llamado a juicio oral a testificar, debe estar preparado para preguntas sugestivas que buscarán controvertir su testimonio.

Lo anterior implica que la autoridad policial en funciones de Primer Respondiente deberá desarrollar las habilidades necesarias para expresarse y explicar de manera clara y contundente los procedimientos que llevó a cabo en el lugar de la intervención, así como en la realización de los actos posteriores que le hayan sido solicitados. 

Para lograrlo, es indispensable que exista una constante comunicación entre la autoridad ministerial y la policial, a efecto de que la primera le haga saber a la autoridad policial los hechos que requieren ser enfatizados en la etapa de juicio oral, con el objetivo de generar convicción en la autoridad judicial. 

Glosario:

Acordonamiento: delimitar el lugar de intervención mediante uso de cinta barrera, cuerdas, patrulla, personas, conos, postes u otro tipo de barreras físicas para preservar el lugar de los hechos o del hallazgo.

Documentación: registro fidedigno de la condición que guarden lugares, personas, objetos, indicios o elementos materiales probatorios en el lugar de la intervención.

Documentación fotográfica: registro en el que se capta y muestra el estado original del lugar, ofreciendo registros tangibles y corroborativos de forma objetiva, imparcial y exacta para la validez de los indicios. 

Documentación videográfica: registro en el que se capta visual y sonoramente la investigación.

Priorizar: dar preferencia al proceso de recolección de los indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos de un hecho probablemente delictivo.

Preservación del lugar de la intervención: acciones del Primer Respondiente para custodiar y vigilar el lugar, con el fin de evitar cualquier acceso indebido que pueda causar la pérdida, destrucción, alteración o contaminación de los indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos de un hecho probablemente delictivo. 

Revictimización: se refiere a un patrón en el que la víctima de abuso y/o de la delincuencia tiene una tendencia significativamente mayor de ser víctima nuevamente. Se entiende como la experiencia que victimiza a una persona en dos o más momentos de su vida, es decir, la suma de acciones u omisiones que generan en la persona un recuerdo victimizante.30 con el 

Victimización secundaria: será entendida como la acción u omisión institucional que genera un maltrato físico y/o psicológico a las víctimas y/o testigos en el proceso de acceso a la justicia.

Ruta única de entrada y salida: acceso que establece el Primer Respondiente para la entrada y salida del lugar de intervención.

Traslado: es el desplazamiento o reubicación de personas, bienes u objetos de un lugar de origen a otro de destino. 

Fuentes de consulta:

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  • Situación de los derechos humanos del colectivo lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero, travesti e intersexual: Aporte de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. 2012.
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